Normativa de acreditaciones de prensa 2024

RFEDA

* ES IMPRESCINDIBLE HABER LEÍDO LA NORMATIVA PARA SOLICITAR LA ACREDITACIÓN.

* PEDIR LA MISMA SIN HABER LEÍDO LA NORMATIVA SERÁ MOTIVO DE DENEGACIÓN DE DICHA ACREDITACIÓN. 

La única vía para tramitar la acreditación de prensa 2024 será a través del aplicativo alojado en la web de la Real Federación Española de Automovilismo.

El plazo para solicitar la acreditación permanente de prensa 2024 será del 6 al 29 de febrero de 2024, ambos inclusive.

 

1) Normas generales de obligado cumplimiento.

1.1. Las acreditaciones permanentes de la RFEDA se solicitarán en el plazo establecido por esta Federación en cada temporada. No se admitirán solicitudes fuera del plazo estipulado, salvo excepciones, previamente estudiadas por esta entidad.

1.2. Serán nominativas e intransferibles. La RFEDA podrá hacer excepciones puntuales y otorgar a su exclusivo criterio acreditaciones a nombre de una empresa, entidad, marca, etc., siempre que haya sido solicitada por escrito con los motivos de dicha petición.

1.3. Tendrán carácter anual y estarán sujetas a actualización y validación por parte de esta RFEDA en cada nueva temporada, por lo que es imprescindible solicitarla cada año y en el plazo establecido, incluso cuando se ha estado en posesión de esta la temporada anterior.

1.4. La acreditación permanente, con o sin chaleco, implica estar cubierto por algún tipo de seguro, bien de la RFEDA o propio, así como de servicios profesionales, pero validado por la misma.

1.5. La RFEDA solo expedirá acreditaciones permanentes a profesionales que trabajen para medios de comunicación que requieran de una presencia física en el lugar de la prueba. No se atenderán solicitudes de agencias, equipos, blogs o similares.

1.6. En todos los casos, la solicitud de la acreditación permanente (tanto para redactores como para fotógrafos) deberá ir acompañada de una carta del director del medio (firmada y sellada), donde se certifique que el profesional para el que se solicita la acreditación presta sus servicios a tal medio.

Asimismo, también será necesario adjuntar un dossier con los datos de audiencia de la pasada temporada, tal y como se requiere en el punto 1.7 de esta normativa. No se atenderán solicitudes particulares que no vayan acompañadas de este documento del medio.

1.7. Requisitos de audiencia para solicitar la acreditación permanente:

          - Publicaciones impresas: informe actualizado de tirada y audiencia.

          - Publicaciones digitales: informe actualizado de visitas mensuales.

          - Radios: deberán informar de sus datos de audiencia del último año, aportando en la carta del director enlaces a programas emitidos la temporada anterior, donde se incluyera información de los campeonatos, copas y trofeos cubiertos por el profesional para el que se solicita la acreditación.

1.8. Los profesionales freelance deberán aportar el mismo documento requerido en el punto 1.6.

1.9. Si bien no se estipula un número máximo de acreditaciones permanentes por medio de comunicación, la RFEDA podrá limitarlo a su exclusivo criterio, una vez se hayan recibido todas las solicitudes dentro del plazo previsto.

1.10. Las acreditaciones permanentes de la RFEDA están reservadas para aquellos profesionales de los medios de comunicación que tengan previsto cubrir, como mínimo, uno de los campeonatos, copas o trofeos de España completos de manera presencial. Al objeto de extremar las medidas de seguridad en las pruebas de carretera y facilitar el trabajo de los medios que cubren dichas competiciones, habrá certámenes en los que se habilite un libro de firmas (S-CER, CERA-Recalvi y CERT-Rallycar), que permita verificar la presencia de la prensa acreditada.

1.11. Respecto al libro de firmas de prensa, cualquier intento de suplantación de identidad realizada por un tercero por solicitud del suplantado, implicará, con carácter inmediato, la retirada de la acreditación de prensa de ambos implicados, pudiendo decidir la RFEDA no asignar la respectiva acreditación a ninguno de los involucrados en años posteriores.

1.12. Los redactores y/o fotógrafos que no estén en posesión de la acreditación permanente de la RFEDA podrán acreditarse directamente con el organizador de la prueba o de las pruebas que vayan a cubrir, siempre y cuando acrediten estar en posesión de un seguro de servicios profesionales.

1.13. Los redactores y/o fotógrafos que vayan a realizar su labor en una zona geográfica concreta deberán acreditarse directamente con los organizadores de las pruebas que vayan a cubrir.

1.14. En aquellos eventos que, aun incluyendo una carrera puntuable para un Campeonato, Copa o Trofeo de España, acojan una competición de carácter internacional, habrá que confirmar previamente la validez de los pases permanentes de la RFEDA (en ocasiones solo es admitida la acreditación del evento internacional).

1.15. Todos los redactores y/o fotógrafos que cubran una prueba del calendario nacional deberán estar debidamente acreditados con el organizador de la prueba, aunque estén en posesión de la acreditación permanente expedida por la RFEDA, puesto que el organizador debe tener registrados los medios y profesionales presentes en su prueba. Además, en el S-CER, la CERA-Recalvi y la CERT-Rallycar es obligatorio personarse en la sala de prensa de la prueba y firmar en el libro de firmas que estará disponible en la misma.

1.16. Las acreditaciones permanentes no permiten el acceso de vehículos a las zonas de carrera. El organizador proveerá de la placa correspondiente a cada clase de acreditación, bajo solicitud previa, siempre y cuando esta exista.

1.17. Cualquier poseedor de una acreditación permanente de prensa o chaleco deberá cumplir las instrucciones recibidas por parte de los oficiales de la competición. 

En caso de incumplimiento de las mismas o que posteriormente (a través de fotos, vídeos…) se compruebe que el redactor o fotógrafo/TV ha incurrido en una situación de riesgo, podrá ser amonestado por parte de la RFEDA, pudiendo perder, incluso, dicha acreditación.

 

2.) Normativa adicional para prensa gráfica (fotógrafos y TV).

2.1. De acuerdo a lo estipulado en el punto 1.6, la solicitud de la acreditación permanente (tanto para redactores como para fotógrafos) deberá ir acompañada de una carta del director del medio (firmada y sellada), donde se certifique que el profesional para el que se solicita la acreditación presta sus servicios a tal medio. No se atenderán solicitudes particulares que no vayan acompañadas de este documento del medio.

2.2. Las productoras de televisión deberán acreditar igualmente a sus cámaras a través de un medio de comunicación al que presten servicio.

2.3. Proceso de solicitud de acreditación permanente para fotógrafo/cámara TV:

  1. Realizar la solicitud por parte del profesional mediante la aplicación online establecida, adjuntando la carta del medio.
  2. Una vez completada la solicitud online y antes del inicio de la temporada deportiva, el estado de la solicitud podrá comprobarse a través de la aplicación online de la RFEDA por la cual se realizó el trámite (en la zona privada).
  3. Una vez aprobada la acreditación permanente, la RFEDA procederá a su entrega en mano junto al chaleco identificativo para toda la temporada en la primera prueba a la que acudan, debiendo informar previamente para que la gestión pueda llevarse a cabo.
  4. En caso de ser rechazada, se devolverá el importe íntegro del seguro de manera automática al transcurso de unos días tras el fin del período de solicitud de acreditaciones.

2.4. El solicitante deberá comprobar el estado de su solicitud a través de la aplicación online de la RFEDA por la cual realizó el trámite (zona privada).

Existirán cinco posibles estados de la solicitud:

  • Pendiente de validar (tiempo desde el que se solicita y se revisa la solicitud).
  • Tramitada (cuando es aceptada y figuran todos los datos requeridos).
  • Pendiente de documentación (cuando falte algún dato o documento).
  • Pendiente de realizar (cuando los documentos son correctos y la acreditación está lista para tramitar el seguro).
  • Denegada (cuando no se acepta el trámite de la acreditación).

2.5. Todo profesional de prensa gráfica - TV acreditado por la RFEDA deberá llevar en el desempeño de su trabajo un chaleco específico de FOTO/TV, que recibirá junto a su acreditación permanente. Respecto al chaleco, deberá tener en cuenta que:

  1. Su uso será obligatorio
  2. Será de carácter personal e intransferible
  3. Estará numerado y asociado a una persona física (y al medio que solicitó su acreditación).
  4. Su uso será exclusivo para las pruebas del calendario nacional, careciendo de validez en el resto de las pruebas que no estén contempladas dentro de dicho calendario.

2.6. La prensa gráfica que no esté en posesión de la acreditación permanente de la RFEDA y desee cubrir una prueba, deberá tramitar su acreditación con el organizador. Una vez haya sido aprobada por parte de este, el fotógrafo/cámara TV recibirá un peto identificativo que deberá llevar de forma obligatoria durante el desempeño de su trabajo en la prueba.

 

3.) Validez de la acreditación de prensa:

3.1. Circuitos:

  • Acceso a paddock, pit-lane (previa autorización del director de carrera) y sala de prensa.
  • Las personas que estén en posesión de la acreditación de prensa y del peto identificativo de Fotógrafo/TV también tendrán acceso a pista (exclusivamente en las zonas indicadas para su trabajo).
  • Las acreditaciones permanentes de prensa permiten el acceso hasta el parking específico de prensa, si lo hubiese.

3.2. Rallyes y Montaña:

  • Zona de verificaciones (previa autorización de los comisarios técnicos), pódium (zona específica) y sala de prensa.
  • Las acreditaciones personales de prensa permiten el acceso hasta el parking específico de prensa, si lo hubiese.
  • Las personas que estén en posesión de la acreditación de Prensa y del peto identificativo de Fotógrafo/TV también tendrán acceso a los lugares específicos para ellos situados a lo largo del recorrido, prevaleciendo en todo momento las indicaciones del delegado de seguridad, que será quien tenga la última palabra.
  • No se podrá acceder a las zonas o áreas de la prueba que se consideren en régimen de Parque Cerrado sin previo permiso de los oficiales de la prueba.

 

 4.) Acreditaciones excepcionales:

La RFEDA se reserva el derecho de acreditar de forma excepcional a algún profesional que, sin cumplir el medio de comunicación solicitante con los requisitos anteriormente mencionados, tuviera que estar en posesión de la acreditación permanente por una situación concreta.

 

 5.) Tipos de acreditaciones:

  • ACREDITACIÓN PRENSA + Seguro Básico: el coste de este seguro es de 50€.
  • ACREDITACIÓN PRENSA + Seguro Básico + CHALECO: el coste de este seguro es de 50€ (+30€ de fianza del chaleco devueltos a la entrega del chaleco a final de temporada).
  • ACREDITACIÓN PRENSA + Seguro Completo: el coste de este seguro es de 100€.
  • ACREDITACIÓN PRENSA + Seguro Completo + CHALECO:  el coste de este seguro es de 100€ (+30€ de fianza del chaleco devueltos a la entrega del mismo a final de temporada).
  • ACREDITACIÓN PRENSA con seguro propio:  esta opción no tiene coste. Al finalizar el proceso de solicitud se deberá aportar copia de la póliza en vigor del seguro propio.
  • ACREDITACIÓN PRENSA con seguro propio + CHALECO: el coste del chaleco es de 30€ de fianza que serán devueltos a la entrega del chaleco a final de temporada. Al finalizar el proceso de solicitud se deberá aportar copia de la póliza en vigor del seguro propio.

 

* NOVEDAD: aquellos que hayan estado en posesión del chaleco en 2023 y renueven el mismo en 2024, no será necesario que abonen los 30€ de fianza del chaleco siempre y cuando al entregar el nuevo se devuelva el anterior. De este modo, ambas partes se ahorran la devolución y pago de nuevo por el chaleco 2024. En el caso de quienes no obtengan el chaleco 2024, se les devolverá la fianza tan pronto como sea posible tras la resolución de su solicitud, siempre y cuando envíen un mail a laura.martin@rfeda.es, solicitando la devolución del importe junto a los datos de la cuenta bancaria. Por último, para los casos de nuevos acreditados con chaleco, se les pedirá posteriormente que abonen dicha fianza. 

  • TIPO:
    • REDACTOR PRENSA ESCRITA
    • FOTÓGRAFO PRENSA ESCRITA
    • REDACTOR WEB
    • FOTÓGRAFO WEB
    • REDACTOR TV
    • CÁMARA TV
    • REDACTOR RADIO
  • MEDIO: es obligatorio indicar el medio para el que se trabaja y una referencia a una web o link en caso de pertenecer a un medio digital. Es los casos de prensa escrita se comprobará directamente con la tirada de audiencias.
  • NOMBRE DE LA PRIMERA PRUEBA A LA QUE ACUDIRÁS: para hacerte llegar la acreditación de manera presencial a la sala de prensa de la prueba.  
  • OBSERVACIONES: indicar cualquier tipo de información que consideres que puede ser relevante.

 

 

En el caso de no recordar la contraseña o no estar incluido en la base de datos deberá remitir mail a laura.martin@rfeda.es indicando los siguientes datos:

  • NOMBRE Y APELLIDOS
  • FECHA DE NACIMIENTO
  • Nº DNI
  • Nº DE MÓVIL
  • MAIL DE CONTACTO

 

* LAS ACREDITACIONES Y LOS CHALECOS SON VÁLIDOS EXCLUSIVAMENTE DURANTE LA TEMPORADA VIGENTE, POR LO QUE TANTO LA TARJETA IDENTIFICATIVA COMO EL CHALECO DEBEN SER RENOVADOS CADA TEMPORADA.

* SOLICITAR LA ACREDITACIÓN SIN HABER LEÍDO LA NORMATIVA SERÁ MOTIVO DE DENEGACIÓN DE LA MISMA.

 

Descarga el manual de solicitud online de acreditaciones de prensa 2024.

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