Cambios en el Manual de Reformas de Vehículos

Publicado el 19/09/2022
RFEDA

El Manual de Reformas de Vehículos contará con una serie de novedades tras la publicación prevista, a partir del próximo mes de noviembre, de su séptima revisión.

Según el Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, el Manual de Reformas de Vehículos tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea.

Este Real Decreto mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos. Su aplicación permitirá mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.

Asimismo, establece la documentación que se debe presentar ante los órganos de la Administración competente en materia de Inspección técnica de vehículos, la tramitación y los requisitos específicos exigibles serán los contenidos en este Manual de Reformas de vehículos.

Desde hace doce años, la Real Federación Española de Automovilismo ha estado autorizada, en exclusiva, a la legalización de la tarjeta de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de los vehículos de competición.

Hasta ahora, para la anotación de esta particularidad en la tarjeta ITV, el interesado debía presentar a la Comunidad Autónoma correspondiente el informe de la RFEDA relativo a su circunstancia. Este informe es el conocido Certificado De Conformidad Técnica (CDCT).

Sin embargo, a partir del próximo 1 de noviembre de 2022 se modifica, pasando a presentar dicha tarjeta de ITV a la Comunidad Autónoma correspondiente de igual modo. El informe deberá ser expedido por la Federación Deportiva competente en la materia relativa a su circunstancia, en función del tipo de requisitos que deba cumplir el vehículo para poder competir y de la legislación sectorial aplicable.

Esto se traduce en la delimitación de las atribuciones que tiene la RFEDA y cada federación autonómica, es decir, la RFEDA será quien continúe legalizando los vehículos provenientes de grupos internacionales (Rally2, Rally4, Rally5, A, N, etc.) o nacionales (N5, N4, N3, etc.), que son los de su competencia. Mientras que, las FFAA pasarán a legalizar los vehículos provenientes de grupos autonómicos, que son los de su competencia.

No obstante, la RFEDA seguirá trabajando con las federaciones autonómicas que así lo soliciten para la elaboración de los CDCTs de su competencia (grupos internacionales o nacionales) con el fin de seguir aportando un servicio más ágil y efectivo.

Consulta el Manual de Reformas de Vehículos (Revisión 7ª)